
Al firmar un contrato de arrendamiento de vivienda urbana, pueden surgir inquietudes sobre las consecuencias de finalizar el acuerdo de manera anticipada o cuando alguna de las partes incurre en un incumplimiento. Para entender qué cobros son legales y bajo qué condiciones, es esencial conocer lo que establece la Ley 820 de 2003, que regula estos contratos en Colombia.
Uno de los puntos que regula esta ley es el derecho de exigir una indemnización en caso de terminación unilateral del contrato. Según el artículo 24 de la ley, esta indemnización solo puede aplicarse en los casos específicamente establecidos y siguiendo el procedimiento legal correspondiente. Esto significa que no se puede exigir la indemnización de manera arbitraria, sino que debe ajustarse a lo que la ley contempla.
Por otro lado, muchos contratos de arrendamiento incluyen una cláusula penal, la cual actúa como una sanción económica si alguna de las partes incumple con lo pactado. Aunque esta cláusula es válida dentro del marco contractual, no puede ser cobrada de manera directa por el arrendador. Si las partes no llegan a un acuerdo, será necesario que un juez determine su aplicabilidad y exigibilidad a través de un proceso judicial.
En la práctica, tanto la indemnización legal como la cláusula penal pueden aplicarse en ciertas circunstancias. Sin embargo, es importante destacar que ninguna de ellas opera de forma automática. Ambas requieren de un fundamento jurídico y, en caso de desacuerdo, la intervención de las autoridades competentes para que se haga cumplir de manera legítima.
En Arrendamientos Villacruz, contamos con el respaldo legal necesario para guiarte en cada paso del proceso